lunes, 6 de junio de 2011

ESTATUT TRAMPA

Nuestro Estatuto de Autonomía, reformado en 2007,en materia lingüística dice lo siguiente:        

* Articulo 4. LA LENGUA PROPIA. (extracto)
1. La lengua catalana, propia de las Illes Balears, tendrá, junto con la castellana, el carácter de idioma oficial.

* Artículo 5. LOS TERRITORIOS CON VÍNCULOS LINGÜISTICOS Y CULTURALES DON LAS ILLES BALEARS
El Gobierno ha de promover la comunicación, el intercambio cultural y la cooperación con las comunidades y los territorios, pertenecientes o no al
Estado español, que tienen vínculos lingüísticos y culturales con las Illes Balears. A estos efectos, el Gobierno de las Illes Balears y el Estado, de acuerdo con sus respectivas competencias, podrán suscribir convenios, tratados y otros instrumentos de colaboración.

* Artículo 35. LA ENSEÑANZA DE LA LENGUA PROPIA
La Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva para la enseñanza de la lengua catalana, propia de las Illes Balears, de acuerdo con la tradición literaria autóctona. Normalizarla será un objetivo de los poderes públicos de la Comunidad Autónoma. Las modalidades insulares del catalán¸ de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera serán objeto de estudio y protección, sin perjuicio de la unidad de la lengua. 
La institución oficial consultiva para todo lo que se refiere a la lengua catalana será la Universidad de las Illes Balears.

En el Movimiento JO SOM SALAT decimos:

- Sobre el Art. 4.1. Lo primero es muy discutible, lo segundo ha quedado patente que han hecho caso omiso de esta cooficialidad. Los catalanistas dicen: someteros. Nosotros decimos: elegid.

- Referente al. Art. 5, es el portón abierto de par en par a la subvenciones desproporcionadas y “ayudas” multimillonarias de las que se nutre la maquinaría pancatalanista.

- En cuanto al Art. 35, el artículo “zepo”, muchas personas no lo han leído con detenimiento. Es un texto ambígüo que se presta a confusión. Hecha la Ley, hecha la trampa. Excepto en el epígrafe, en ningún punto de este Art. se menciona la enseñanza escolar.

¿Qué quiere decir esto?

Es muy simple, que nuestra lengua (nosotros lo denominamos lengua Balear, no catalán, así, sin tapujos) será tenida como una rareza, un exotismo que será “estudiada”, no en los colegios, si no que se refiere a que será diseccionada, investigada por expertos (lingüistas, historiadores, filólogos etc.)

Al principio se especifica que NORMALIZAR la lengua será un OBJETIVO. Mas abajo, este articulo deja muy claro que prevalecerá siempre la unidad de la lengua (obviamente, haciendo referencia al catalán estandar)

Y para rematar, la única institución con voz y voto para cortar el bacalao del tema lingüístico, es nada menos que la UIB. Sin comentarios…

Seamos claros, entre el Art. 4 donde se establece que la lengua de Baleares es el catalán y este otro, el Art. 35, que dice que nuestro hablar característico no prevalecerá por encima de la unidad del catalán, pues estamos apañados, por no emplear otra palabra soez.

Estos dos artículos son continuamente utilizados para atenazar y pisotear nuestra identidad lingüística y también nuestra identidad cultural y aquí entra en pleno y frenético funcionamiento el Art. 5. ¡Menuda jugada!

Desde el movimiento JO SOM SALAT, creemos de vital importancia la derogación sin dilación de estos artículos y su cambio por otros que se adecuen a la realidad lingüística de nuestra tierra, las Islas Baleares.


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